Claudio SalvadorEdificio central de la Aduana Argentina Puerto Madero, en Buenos AiresA partir de la puesta en vigencia de sendos decretos por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Argentina (AFIP), empresas industriales y comerciales podrán realizar operaciones simplificadas de exportación de bienes o mercaderías por un monto máximo - en cada factura o nota fiscal - de 5.000 dólares estadounidenses.
La misma medida está siendo aplicada en las aduanas de Posadas (límite con la ciudad paraguaya de Encarnación) y Puerto Iguazú. Al mismo tiempo, entró en vigencia en Clorínda y La Quiaca, divisas con Paraguay y Bolivia, respectivamente.
Fuentes del Consulado Argentino en Foz do Iguaçu informaron que el nuevo régimen tiende a favorecer las economías regionales y puede ser practicado con quienes ‘‘acrediten residencia en el país limítrofe con la aduana’’ en la que se inscriba el exportador.
Cada operación no podrá superar los US$ 50.000, o sea, diez transacciones de ese importe mínimo. Con esta modalidad, los compradores extranjeros obtendrán precios en un 20 por ciento.
Mercaderías Las industrias o comercios posibilitados de acceder a esta modalidad de exportación deberán estar radicados en la jurisdicción aduanera respectiva y sólo podrán vender bienes nuevos (sin uso) producidos en la Argentina.
Además de cumplir con las exigencias impositivas y aduaneras para los establecimientos que establece el nuevo sistema - no extra¤as a las disposiciones comunes para estos casos -, las mercaderías deberán observar las seguientes condiciones:
En el momento de la exportación, estar acompa¤adas de los certificados y autorizaciones correspondientes (sanidad animal, vegetal; fabricaciones militares u otras). No estar sujetas al pago de derechos de exportación ni encontrarse alcanzadas por una prohibición, suspensión o limitación por cupos a las exportaciones.
AEC Aunque no sea necesario con relación al régimen simplificado de exportación, la medida se¤ala la posibilidad de gestionar ante los entes habilitados los certificados de origen de la mercadería, ganando así la excepción del Arancel Externo Común (AEC) que pudiera corresponder al pais de importación.
La responsabilidad de la correcta emisíon de la factura (nota fiscal) recae sobre el vendedor. No obstante, y para evitar contratiempos, es preciso que los compradores conozcan las condiciones requeridas para el paso por la aduana argentina.
La factura emitida debe contener los datos del comprador: nombre y apellido (sobrenombre) o razón social; domicilio completo de residencia en el país limítrofe con la aduana de salida; documento de identidad emitido por el país de residencia, tratándose de una persona física.
El mismo comprobante identificará el bien vendido indicando cantidad, unidad de medida y descripción de la mercadería: especie, calidad, marca, número de serie etc, así como los precios unitarios y totales que no incluirán el IVA (Impuesto al Valor Agregado) argentino.
Finalmente, el vendedor deberá entregar a su cliente el original del comprobante, mas su triplicado y cuadruplicado para ser presentados ante las autoridades de la aduana.

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